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Sistema Informativo del Gobierno
SIG
Reajustados los valores absolutos del Impuesto sobre Vehículos Automotores

El Gobierno también determinó, mediante decreto, los porcentajes en que se incrementarán los avalúos catastrales de los predios tanto urbanos como rurales para la vigencia del próximo año.

Bogotá, 28 dic (SIG). A través del Decreto 4909 del pasado 26 de diciembre, expedido por el Ministerio de Hacienda, el Gobierno Nacional reajustó los valores absolutos que servirán de base para la aplicación de las tarifas del Impuesto sobre Vehículos Automotores en la vigencia de 2012.

De acuerdo con el citado Decreto, a partir del 1° de enero de 2012, los valores absolutos para la aplicación de las tarifas del Impuesto sobre Vehículos Automotores serán los siguientes:

• Vehículos particulares por valor hasta de 37 millones 914 mil pesos: 1,5 por ciento.

• Vehículos de más de 37 millones 914 mil pesos y hasta 85 millones 307 mil pesos: 2,5 por ciento.

• Vehículos de más de 85 millones 307 mil pesos: 3,5 por ciento.

El incremento de dichos valores toma en cuenta la meta de inflación, que para efectos legales fue fijada por el Banco de la República en 3 por ciento para el 2012.

Avalúo catastral

De otra parte, mediante el Decreto 4922 del pasado 26 de diciembre, el Gobierno determinó los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para 2012

En este sentido, se estableció que los avalúos catastrales de los predios tanto urbanos como rurales no formados y formados con vigencia del 1º de enero de 2011 y anteriores, se reajustarán en 3 por ciento a partir del 1º de enero de 2012.

El Decreto especifica que los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante el 2011 no serán objeto de reajuste.

Los reajustes fijados en este Decreto, expedido por el Departamento Nacional de Planeación, entrarán en vigencia a partir del 1º de enero de 2012.

 
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